El pasado día 13 de diciembre de 2006, la ONU adoptó por consenso la Convención sobre derechos de las personas con discapacidad. En palabras del vicesecretario general de la ONU en nombre de Kofi Annan, Mark Malloch Brown, “Es el primer tratado del siglo XXI en ser adoptado, el tratado que se ha negociado con mayor rapidez en la historia del derecho internacional y el primero que surgió del cabildeo emprendido por internet”. Según el texto de la convención, el propósito del mismo es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.
Entre las obligaciones generales de los países destacamos dos: “Emprender o promover la investigación y el desarrollo, y promover la disponibilidad y el uso de nuevas tecnologías, incluidas las tecnologías de la información y las comunicaciones, ayudas para la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo adecuadas para las personas con discapacidad, dando prioridad a las de precio asequible“; y “Proporcionar información que sea accesible para las personas con discapacidad sobre ayudas a la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo, incluidas nuevas tecnologías, así como otras formas de asistencia y servicios e instalaciones de apoyo“.
El texto completo de la convención puede verse en la página web del SIDAR, exactamente en la siguiente dirección: http://www.sidar.org/recur/direc/legis/convencion.php


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